martes, 21 de mayo de 2019

El Gobernador del Estado, de Miguel Madero Estrada

Para mis amigos de la escuela de Derecho:
Miguel Madero, Jorge Alcázar, Antonio Sánchez,
en cuya amistad imaginamos el futuro.

Como los anteriores libros que nos ha entregado José Miguel Madero Estrada, El Gobernador del Estado, se convertirá en un texto necesario en cualquier biblioteca no sólo para la abogacía sino para todas aquellas personas interesadas en la bibliografía que amplía el horizonte sobre la construcción del poder en el Estado de Nayarit.

Porque, si bien el libro está escrito en clave jurídica, realmente nos cuenta la historia de la construcción del poder en el México del siglo XIX y XX.  El rastreo de las disposiciones en los textos desde la Constitución de 1824 hasta llegar a la del 1917, tiene el trasfondo de un siglo donde se cambió la idea de gobernar y de poder en una gran parte del territorio del mundo. Se pasó de la idea del Rey, Supremo de todo el territorio a crear el surgimiento de gobiernos políticos en las provincias ante la imposibilidad de que el soberano, en este caso, el Rey de España, pudiera atender el amplio territorio. En la tradición jurídica latina se reconoce la Constitución de Cádiz de 1812 como el documento donde inicia el surgimiento del gobierno político de provincias. Es también, un reconocimiento de que el poder tiene un ámbito territorial, por lo que sólo se puede gobernar amplios territorios a partir de gobernar espacios acotados.

¿Cuáles eran las funciones de los gobiernos provinciales? Aunque en su origen es la recaudación de rentas, realmente es la construcción de sociedad porque en esas disposiciones inicia la temática de una sociedad que atiende a las personas individualmente, pero también a las colectividades: deben promover la educación de la juventud, contener los abusos de la administración y realizar obras de interés común. Como vemos, nada lejano 200 años después. El hecho de que se mencionen esas temáticas habla de que para principios del siglo XIX se habían convertido en problemáticas.

La Constitución de 1824 se considera una constitución fundante no sólo porque se convierte en la primera del país independiente, sino porque establece el cambio de la concepción territorial de la Colonia, donde se denominaban provincias a la concepción moderna de estados. De esta manera, México surge a vida independiente como una Federación de estados autónomos. En esta construcción tendrá un lugar importante la figura del Gobernador de Estados libres.

La ruta seguida por México toma un camino diferente al que siguieron diversas naciones de América Latina, quienes al momento de la independencia de España, se convierten en estados centrales con una división territorial de tipo departamental. Pero no, México surge como una Federación de Estados indepedientes cuya figura principal será el Gobernador. Esto lo narra de manera acuciosa el autor.

También, se puede leer la historia de la construcción del Gobernador como una figura unipersonal ya que también, en el siglo XIX, en las Entidades Federativas, funcionaba la figura de Gobernador y Vicegobernador, la cual fue desechada debido a las intrigas que ocasionaba. Nayarit no tuvo que entrar en esa polémica porque cuando se crea la Constitución de 1917 ya estaba consolidada la figura jurídica del Gobernador unipersonal en la República.

No ocurre lo mismo con una figura que auxilia al Gobernador, como lo es el Consejo de Gobierno, cuyo fin es aconsejar al Gobernado. En la primera Constitución de 1918 no se establece, pero sí se incorporar en 1919. El Consejo de Gobierno es una institución colegiada a la cual podía consultar el gobernador, pero cuyos consejos no tenía la oblicación de atenderlos. Suponemos que murió por inercia ya que tendría las facultades que hoy tienen las comisiones intersecretariales, etc. cuya decisiones tampoco obligan al gobernador. Por ello, nos informa el autor que se tratá de un fantasma que finamente, fue expulsado de la Constitución en 2011, sin pena ni gloria.

Para el inicio del estado de Nayarit, en la Constitución se establece el esquema del gobernador a semejanza de la presidencia federal. Nace el Gobernador como un poder centralizado y fuerte. ¿Cuál fue la razón de establecer una gubernatura fuerte? Sin duda, las permanentes luchas dentro del territorio, las invasiones de países extranjeros convirtieron al Presidente en una figura fuerte y por lo tanto, esa contundencia se trasladó a las Entidades de la Federación. Lo que se quería era tener gobernadores que realmente gobernaran en los territorios inhóspitos de la época, pero que tuvieran algunos contrapesos. De ahí que en la naciente constitución se establecieran controles por parte del congreso, relacionados con limitar la facultad de suspender presidentes municipales, otorgar ciertos nombramientos y evitar el endeudamiento. Se concibió a un gobernador sin partido político o más bien, separado de los partidos políticos.

Desde luego que el gobernador está lejos de ser un presidente chiquito, sino que las funciones de uno y otro están claramente delimitadas en sus coincidencias y diferencias. Una idea que resalta en el libro es la antigua denominación basada en la teoría tradicional de la división de tres poderes, relacionada con el Poder Ejecutivo, puesto que ya no se trata de una figura jurídica que simplemente ejecuta las leyes derivadas del Congreso del Estado, sino que su función administrativa y de gestión va más allá de ello. Tiene un propio poder que construye sociedad.

El libro da cuenta del modelo estatal de la función ejecutiva, pero también de las condiciones y circunstancias del Gobernador como cargo habitado por personas. De ahí que se incluyan las discusiones sobre la duración del cargo, la responsabilidad penal del gobernador; las formas actuales de ejercer control de parte del legislativo sobre las facultades del gobernador, para concluir con un capítulo sobre los gobernadores realmente existentes en Nayarit durante los 100 años de vida como entidad federativa.

En este último capítulo, el autor reflexiona sobre el Gobernador a partir del modelo que ha construido sobre las Etapas Constitucionales. Ahí nos enteramos que en 72 años han sido nombrados 74 gobernadores:  20 electos popularmente, 7 provisionales, 21 interinos, 15 Sustitutos interino, 1 Sustituto, 9 veces el Secretario General se convirtió en Encargado del Despacho y una vez el Oficial Mayor fue nombrado, también, Encargado del Despacho.

El autor discute si el Gobernador es un representante del Presidente de la República, nos da diversas pistas para pensar el caso, donde la más importante es la línea que señala que al irse difuminando la autoridad presidencial también se borra esa presencia omnímoda que ocurrió otros años.

Para el análisis de los 100 años de Gobernador en Nayarit, el autor divide la centuria en 1) etapa de conflictos postconstitucionales, 2) la etapa de estabilidad constitucional y 3) la etapa de alta competición electoral ciudadana, alternancia y pluralidad partidista. Supongo que quienes están presentes tienen una idea de tales etapas. Lo que resulta interesante es atravesar estas etapas con otras constantes que ocurrieron en la de estabilidad constitucional. Me refieron a la partidización de los tres poderes de la Entidad.

Lo anterior porque si bien el diseño de la división de poderes, contrapesos, la sujeción del Gobernador en determinados aspectos por parte de la Legislatura y el Poder Judicial tenían un correlato en la Constitución, lo cierto es que la fidelidad partidaria se impuso al cumplimiento de las leyes, de tal manera que prácticamente las hicieron nugatorias. En más de una ocasión fuimos testigos de algún político nombrado diputado, renunciar a ese cargo para ocupar el de Secretario General de Gobierno, por lo que en la práctica, el Gobernador se convirtió en un gran poder que no sólo invadió las funciones de los otros dos poderes, sino que los modeló de acuerdo a sus propios intereses.

El autor lo menciona como que “las prácticas gubernamentales expandieron la dominancia del Ejecutivo en la agenda entre poderes logrando afianzar sus proyectos políticos con enorme destreza y llevar un control efectivo, manipular, manejar operadores… lograr la celebración de deuda pública, aprobar nombramientos de organismos autónomos”. etc.

También la etapa de estabilidad constitucional debe cruzarse con lo que se denomina proceso electoral. El caso más extremo, a mi modo de ver, fue la elección de Emilio M. González quien prácticamente no tuvo contendiente, ya que lo registraron como candidato el PRI, el PPS y el Partido Socialista de los Trabajadores. Solamente un candidato más de tipo independiente que con Partido Político apareció en la contienda en la figura de Manuel Stephens García, amparado por el proscrito Partido Comunista Mexicano.

Desde luego, sé que el documento que nos entrega Miguel Madero Estrada es un documentos de análisis constitucional, pero como dije al principio, también es una ruta para seguir la construcción del poder en Nayarit en vinculación con el poder presidencial, la aparición de distintos actores y el cambio de los tiempos.

Quizá lo que las alternancias han pretendido (la de 1999 y la de 2017) es basarse en una fuerza política que tenga en su centro la participación popular, pero, a mi modo de ver, no les ha dado para tanto o no han existido las estrategias para hacerlo. Es cierto llegaron al poder dentro de una fórmula diferente al partido gobernante, pero la voluntad popular, en ambos momentos puede ser leida como voto de castigo a los excesos de los gobernantes previos no a la construcción de una fuerza popular diferente.

Finalmente, quiero decir que el libro está amenamente redactado. A pesar de ser un documentado análisis constitucional puede ser leído por personas no expertas en derecho, cada capítulo tiene un sumario y sobre todo, rescata la galería de gobernadores que han pasado por la silla durante los 100 años. Desde luego, todos hombres. Esperamos que no tenga que pasar otros 100 años para que mujeres ocupen ese cargo.

Muchas gracias, Miguel, por este aporte al conocimiento de Nayarit, donde no solo documentas los procesos sino que nos ayudan a expandir la influencia del conocimiento en diversos ámbitos. Gracias por la generosidad de escribir este libro para todos nosotros, con tu voz

Muchas gracias.


Publicado en Nayarit Opina, el 21 de mayo de 2019

domingo, 5 de mayo de 2019

El retroceso de trabajar el sábado

“Las palabras
que nunca llegaron a la última versión
tal vez eran mejores.
Tienen la gracia de las cosas perdidas:
la puerta que no abrimos,
el amor olvidado”.

Carmen Villoro. Manuscrito

La disposición de que los trabajadores de la administración pública federal trabajen los sábados sólo puede verse como un retroceso de los derechos laborales. Lo anterior porque en la historia del movimiento de los derechos de la clase trabajadora, la lucha por la reducción de la jornada laboral ha estado en el centro de la transformación. La jornada laboral es un concepto que puso en circulación vinculado a la Revolución Industrial Inglesa donde el trabajo humano se convertía en fuerza laboral y a partir de ello, se reconocía que se creaba la riqueza.

A fines del siglo XVIII, la jornada laboral era de 11 horas diarias durante seis días, por lo que el siglo XIX se caracterizó por las luchas de los trabajadores para lograr su reducción: en 1913, la jornada laboral se redujo a 10 horas diarias (seis días) y después de la Segunda Guerra Mundial, se concretaron acuerdos internacionales para que la jornada laboral se estableciera en 8 horas diarias en una jornada total de 40 horas a la semana, de lunes a viernes.

El menoscabo de las horas trabajadas no reduce la productividad de los trabajadores porque se va vinculando con la tecnología y con formas organizacionales que logran obtener en menos tiempo, lo que antes se obtenía con más. En el caso de las funciones de la administración pública, la resolución de que trabajen los sábados quienes tienen un empleo de confianza de la administración pública, generará al menos, los siguientes conflictos:

Se creará personal de primera y de segunda categoría. Los empleados y empleadas de confianza se convertirán en empleados de segunda categoría puesto que serán obligados a trabajar los sábados. Si se piensa que son empleados de confianza sólo altos mandos, se está en un error, puesto que una gran cantidad de nuevas contrataciones tienen el estatus de trabajadores de confianza debido a la falta de apertura de plazas de base.

Se extiene la jornada de trabajo sin que se aumente el pago, lo que en la práctica se traducirá en mayor explotación. Ello porque durante los dos últimos sexenios, los empleados de confianza no han tenido aumento en su salarios, por el contrario, se les han suprimido algunas de las prestaciones que ya tenían, como gastos médicos. Al ampliar la jornada de trabajo, se verán obligados a trabajar más por el mismo salario, lo que provoca que obtengan menos dinero por el mismo trabajo. Desde luego que no me refiero a los altos mandos quienes trabajan en el horario que necesitan y tienen altas retribuciones, sino a un gran sector de la administración que labora bajo el estatus “de confianza”.

Se desajustará aún más, la corresponsabilidad de la vida laboral y familiar. Tanto mujeres como hombres dedican los días sábados y domingos a la reposición de fuerzas, la provisión de alimentos para la semana, elaboración de labores de mantenimiento personal y grupal, organización de tareas familiares, recreación, etc. por lo que el hecho de que tengan que trabajar, se convertirá en un desajuste socio-familiar. En el caso de las mujeres, el asunto se agudiza si se toma en cuenta que las mujeres son las responsables, en gran medida, de la reproducción familiar. Una pregunta inmediata es ¿qué pasará con los cuidados de las hijas e hijos de las mujeres con plaza de confianza que tendrán que trabajar el sábado pero no tienen espacios donde dejar a sus hijos, porque las escuelas laboran de lunes a viernes?

Algunos países están transitando a semanas de trabajo de 30 horas; las tendencias de las organizaciones laborales tienden a establecer espacios de esparcimiento dentro de la jornada laboral a fin de que el personal acuda a actividades que, se han demostrado, aumentan la productividad. Aún más, se tienen datos de empresas exitosas donde el trabajo se realiza, parcialmente, a distancia.

Si lo que se desea es aumentar la productividad, no parece seguro que la extensión de la jornada laboral, al incluir el trabajo del sábado lo pueda garantizar o ¿se hicieron estudios que fundamentaran un aumento en la productividad derivado del trabajo de ocho horas más? Es necesario realizar diagnósticos precisos sobre la productividad de la administración pública antes de establecer medidas como estas. Puede ser que la solución a la productividad se encuentre en otros lugares: la lógica de la toma de decisiones, el procesamiento de los diversos pasos a seguir en la administración, la deficiencia de la  tecnología, la infraestructura en que se laboral, el ambiente laboral y otras.

No se retrocede para avanzar. No, en el caso de los derechos obtenidos.

Socióloga, investigadora de la Universidad Autónoma de Nayarit, correo: lpacheco_1@yahoo.com
Publicado en Nayarit Opina, Tepic, Nayarit mayo 2 de 2019.