jueves, 14 de marzo de 2024

El silencio del funcionariado del Estado ante el proceso electoral

El verdadero destructor de las libertades 

del pueblo es aquel que le reparte regalos,

donaciones y beneficios

 

Plutarco

 

La normatividad actual impide publicitar las acciones del Estado durante 90 días durante el periodo electoral. Esta obligación para el funcionariado de los tres órdenes de gobierno se encuentra establecida en los artículos 134 y 41 (Base III, Apartado C) de la Constitución Política mexicana. El sentido de esta disposición se refiere a que la publicitación de acciones del Estado puede constituir propaganda a favor del partido político que gobierna o del funcionario/a quien la realiza.

 

El impedimento abarca la inclusión de nombre, imágenes, voces o símbolos que puedan asociarse a algún servidor público en particular, lo cual se puede convertir en promoción personalizada. La restricción, a su vez, obliga a aplicar con imparcialidad los recursos públicos.

 

El impedimento a que el funcionariado emita comunicados durante el periodo electoral, ¿está en contra del derecho a la libertad de expresión? De ninguna manera, porque la libertad de expresión es un principio constitucional que establece la libertad de un individuo o de los colectivos para expresar sus opiniones o ideas sin temor a represalias, censuras o sanción. De hecho y de derecho, la libertad de expresión forma parte del conjunto de derechos necesarios para la práctica de la democracia. Sin embargo, en el caso del funcionariado, la expresión de mensajes relacionados con su quehacer público puede llevar a realizar promoción personalizada a favor de una persona, y también, a que pueda ser leída como el logro de un partido político.

 

La excepción son los asuntos relacionados con la salud, la educación y desde luego, a los casos de emergencia.

 

Se trata de responsabilidades del funcionariado, no de excepción al derecho a la libertad de expresión, como lo ha aclarado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a través de la magistrada presidenta Mónica Soto.

 

¿Influye la veda electoral para el funcionariado en la emisión del voto de la ciudadanía?  No lo sabemos con exactitud, pero lo que sí sabemos es que tanto las leyes como las decisiones del INE y el TEPJF tratan de establecer nuevos escenarios para la práctica de la democracia, donde los que gobiernan, no tengan más ventajas que quienes compiten desde otras posturas políticas.   

 

Recuerdo que, en Nayarit, entidad donde vivo, en el sexenio 2005-2011, se entregaban despensas a la población en cajas de cartón donde estaba impresa la fotografía del gobernador en turno, así como su lema de campaña, la cual la siguió usando durante el sexenio. Ante estos abusos del poder, es la normatividad quien puede establecer límites a este tipo de gobernantes.

 

¿Por qué se asocia la entrega de despensas, becas, realización de obras a la magnanimidad del gobernante y no a acciones de gobierno? Porque los gobernantes quieren hacer creer que se debe a su generosidad, ese otorgamiento.

Para gran parte de la población es difícil disociar la entrega de beneficios de la persona que los otorga, ya que vivimos en un ambiente donde poco reflexionamos sobre el hecho de que se trata de recursos públicos, -impuestos que usted y yo pagamos-, los que usa el gobernante como dinero propio. Ningún gobernador, presidente municipal, senador, diputado o regidor vende sus propiedades para solventar los asuntos públicos, por el contrario, aumentan su patrimonio durante el cargo que ostentan.  

 

Aquí quiero mencionar la diferencia con los gobernantes tradicionales de los grupos wixaritaria y nayery de la sierra del Nayar. Cuando se elige a los gobernantes tradicionales, generalmente se escoge a aquel que pueda solventar los gastos relacionados con el cargo: las fiestas de la costumbre, las gestiones ante el gobierno mestizo, etc. De tal manera que son los integrantes del gobierno tradicional quienes hacen uso de su propio patrimonio para llevar a cabo los asuntos de la comunidad, dado que no reciben dinero para ello ni sueldo. Ello ocasiona que al término del año de la gestión que dura el mandato, los integrantes del gobierno tradicional (gobernador primero, gobernador segundo, topiles, marakame, etc.) estén más empobrecidos y endeudados respecto de como entraron. Son mandatos de servicio.

 

Por el contrario, en el gobierno mestizo sabemos que, al término de su mandato, los funcionarios tendrán una fortuna diferente a la que tenían cuando entraron al cargo. De ahí que generalmente estamos eligiendo a quienes nos saquearán elección tras elección ya que no se ha podido poner un freno a este tipo de despojo a pesar a las leyes de transparencia.

 

Publicado en Nayarit Opina, Tepic, Nayarit, 14 de marzo de 2024.

Socióloga, Universidad Autónoma de Nayarit, correo: lpacheco@uan.edu.mx

 

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