Nos erguiremos hacia el sol
en una sola voluntad y seremos peligrosos.
Khalil Gibran. El
loco
El artículo 31 de
la Ley de Seguridad Interior aprobada por la Cámara de Diputados y que deberá discutir
la Cámara de Senadores, señala en el artículo 31 que “En materia de Seguridad
Interior, las autoridades federales y los órganos autónomos deberán
proporcionar la información que les requieran las autoridades que intervengan
en los términos de la presente Ley”.
Ahora bien, ello
obliga a las universidades públicas autónomas puesto que se consideran órganos
constitucionales autónomos como parte del sistema jurídico mexicano. Específicamente
el artículo 3º de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental establece como órganos constitucionales autónomos al
Instituto Federal Electoral (INE), la Comisión nacional de los Derechos Humanos
(CNDH), el Banco de México (BM) y las instituciones de educación superior a las
que la ley otorgue autonomía (Diario Oficial de la Federación, 11 junio 2002).
Así pues, con
motivo de la Ley de Seguridad Interior propuesta, las universidades –en tanto
órganos autónomos-, deberán otorgar a las autoridades militares y policiacas la
información que les sea requerida. Ello lleva a plantear diversos
cuestionamientos:
En primer lugar
tendremos que preguntarnos cuál es la información que pueden proporcionar las universidades.
Una es la información sobre el personal que labora en la institución, trátese
de personal académico, administrativo o estudiantil. En este caso, las
universidades tienen bases de datos de la vida privada de tales poblaciones como
domicilio, conyugalidad, lugar de origen, procedencia, etc. Quizá lo más preocupante
lo constituya la información sobre la población estudiantil, puesto que los
estudiantes han protagonizado diversas acciones transgresoras al orden del
Estado o que así han sido consideradas: la rebelión estudiantil de 1968 en la
Ciudad de México, el movimiento #YoSoy132 originado en plena campaña de Enrique
Peña Nieto; la protesta por los desaparecidos de Ayotzinapan (2014), entre los
más recientes, además de movilizaciones protagonizadas por universitarios de
las universidades públicas autónomas de diversos lugares: Chilpancingo,
Morelia, Puebla, Culiacán, San Cristóbal de las Casas, Monterrey y otros.
En segundo lugar,
las universidades generan diversa información que puede considerarse de interés
para la seguridad interior. Me refiere a las investigaciones que se realizan
tanto referidas al territorio como a las personas. Por ejemplo, en las
universidades se realizan investigaciones científico-técnicas relacionadas con
el establecimiento de macroempresas como presas hidroeléctricas que afectan un
territorio determinado. Los estudios comprenden no solamente aspectos referidos
a manifiestaciones de impacto ambiental, viabilidad técnica, uso del suelo, etc.,
sino que también comprende información sobre la población que habita los territorios
afectados, ya sean pueblos indígenas o pueblos rurales, las organizaciones
existentes opositoras a los macroproyectos, las líneas de resistencia popular,
las alianzas generadas en torno a defensa de territorios, etc. En este caso,
¿también las universidades deberán proporcionar esa información?
El tercer aspecto
tiene que ver con la información científica ya que las universidades realizan
investigaciones cuyos resultados tienen como destinataria la comunidad
científica nacional e internacional pero que pueden convertirse en información
atractiva para la seguridad interior: investigaciones de frontera sobre
controles biológicos, comportamiento de organismos vivos, propiedades de la materia o de la flora, topografías
de los océano, estudios edafológicos, cartografía del cerebro, uso de
radiaciones, etc.
La Ley de
Seguridad Interior, tal como está, implica que las universidades autónomas
serán sujetas a ella, lo cual provoca, en la práctica, una supeditación de las
instituciones autónomas a la lógica militar y policiaca. Es sabido que las
universidades no sólo estudian lo existente con los paradigmas normalizados,
sino que también abren los futuros al estudiar lo improbable y justamente esto,
lo improbable imaginado, es lo que hace avanzar la ciencia y la sociedad.
Por ello, opino
que la ley tal como está redactada afecta a las universidades autónomas porque
las mandata a entregar información cuyo fin es meramente académico, científico,
artístico, tecnológico, cultural y que no tiene por qué ir a parar a manos de
la inteligencia militar. La Ley de Seguridad Interior se establece como el ojo
vigilante, buitre al acecho donde todos somos atrapables, hasta el breve
espacio de las aulas donde construimos otros porvenires, otros sueños de paz
sin armas y sin guerra.
La autora es
coordinadora de la Red Nacional de Instituciones de Educación Superior
(RENIES-Igualdad)
Publicado en Nayarit Opina, el 13 de diciembre de
2017
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