martes, 24 de octubre de 2023

Derechos de paridad en el resbaladero

Cuando las mujeres tienen poder 

mejoran visiblemente las vidas de todos

los que están a su alrededor.

 

Enrique de Inglaterra

 

Basta con que las mujeres avancen en la consolidación de los derechos de igualdad para, enseguida, asistir al desmantelamiento de lo que se ha logrado. La paridad se ha convertido en el lugar de llegada de los derechos exigidos por las mujeres para participar en el poder público, y, al mismo tiempo, se concibe como el piso mínimo desde el cual se podrán transformar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.

 

La dificultad estriba en hacer exigible el derecho de paridad.

 

El principio de paridad se ha convertido en el principal instrumento para construir igualdad sustantiva en los diversos ámbitos de la vida política del país, lo que incluye a todos los poderes constituidos, sobre todo, al Poder Ejecutivo. Los gabinetes del Poder Ejecutivo se han constituido como cortes virreinales, donde el gobernador es el virrey y el resto de secretarios son parte de su comitiva, repiten sus ideas e, incluso, llegan a hablar con el mismo tono del gobernador. En pocos casos hemos tenido excepciones.

 

Este sistema de reclutamiento es entendible si tomamos en cuenta que nombrar a su gabinete es un derecho del gobernador, dentro de relaciones de confianza en personas que sean leales al mandatorio. Otra lectura posible, es el nombramiento de funcionarios en base al equilibrio entre grupos de poder al interior del partido que gobierna o de las alianzas que se realizaron para la llegada al poder del gobernador.

 

En un segundo momento, la integración de los gabinetes gubernamentales se ha integrado por personas que tienen algún grado de “expertis” en la materia y que, al mismo tiempo, tiene lealtad al gobernante.

 

A partir de la paridad se ha incorporado un criterio para que los gobernadores integren su gabinete; ese criterio es el de nombrar 50% de funcionariado de cada sexo. En caso de número impar, se tendrá que fundamentar por qué a un sexo le corresponde la mitad más chica.

 

Entonces, los gobernadores ven medrada su capacidad de nombramiento de funcionarios para cumplir la paridad. Como se trata de un principio establecido en la Constitución General de la República (6 de junio de 2019), sin que tenga una sanción correlativa, entonces, en los gobiernos de los estados la paridad de la integración del Poder Ejecutivo, hasta la fecha, queda a discreción de quien llegue a las gubernaturas.

 

En las escuelas de derecho aprendimos que las autoridades velan por el cumplimiento de las leyes. Sin embargo, en el caso que nos ocupa, parece que ese cumplimiento esta mediado por la voluntad de los gobernantes sobre el cumplimiento.

 

 

La pregunta entonces es la siguiente ¿cuáles son las acciones que se deben llevar a cabo para hacer cumplir la paridad por parte de los gobernadores? Muy posiblemente se tiene que judicializar el cumplimiento de la paridad para que sea la Suprema Corte de Justicia quien establezca los criterios de cumplimiento.

 

Hoy el Instituto Nacional Electoral debe hacer realidad la paridad en el registro de candidaturas a las gubernaturas que estarán en disputa en 2024. Vemos que la paridad corre el riesgo de ser anulada en los hechos, cuando no se exige a los partidos políticos la postulación de mujeres para la mitad de las gubernaturas en juego.

 

Lo anterior significa que, en cada elección, las mujeres tenemos que estar atentas a que las propias autoridades apliquen criterios que conduzcan al cumplimiento de la paridad.

 

En caso contrario, los derechos de igualdad, específicamente, el de paridad, se van por el resbaladero.

 

Publicado en Nayarit Opina, Tepic, Nayarit, 25 de octubre de 2023.

Socióloga, Universidad Autónoma de Nayarit, correo: lpacheco@uan.edu.mx

 

 

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